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Autor: Administrator

Consejo Escolar

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (B.O.E 4 de mayo de 2006)

 

Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar

El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:

a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente ley.

b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docentes.

 

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

 

d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

 

e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

 

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

 

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

i) Fijar las directrices para la colaboración. con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

 

j) Analizar y evaluar el funcionamiento general del instituto, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

 

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

 

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

  

Composición:

  • Director
  • Secretario
  • Jefe de Estudios
  • Siete representantes de los Profesores
  • Tres representantes de los Padres de Alumnos
  • Cuatro representantes de los Alumnos
  • Un representante del Personal de Administrción y Servicios
  • Un representante del Ayuntamiento
Los miembros del Consejo Escolar son los siguientes:
 
Buzo Sánchez, Isaac José
Méndez Fernández, Ana Estrella
Carrera Garlito, Inmaculada
Miranda Romero, Pedro
Álvarez Sánchez, Susana
Martínez Díaz, Encarnación
Morgado Alejandro, Rosendo
Muñoz Gómez, Antonia
Becerra Santos, Josefina
Fortuna Martín, María Isidora
Gómez Amador, Manuel
Nieto Velázquez, María Victoria
Pérez Burgos, María Victoria
Pulido Cuadrado, José Antonio
Vega Fernández, Carlos
Cacho Vázquez, Paula
Polo Gálvez, Clara
Sánchez Comerón, Lidia
 
 

C.C.P.

Competencias:

(Artículo 54 del R. D. 83/96 de 26 de enero de 1996)

    La
comisión de coordinación pedagógica tendrá, en relación con el régimen
de funcionamiento regulado en el Título V de este Reglamento, las
siguientes competencias:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.

b)
Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y
responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de
etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el
proyecto educativo del instituto.

c) Establecer las directrices
generales para la elaboración y revisión de las programaciones
didácticas de los departamentos, del plan de orientación académica y
profesional y del plan de acción tutorial, incluidos en el proyecto
curricular de etapa.

d) Proponer al claustro los proyectos curriculares para su aprobación.

e) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.

f)
Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de
evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas
extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.

g)
Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto
curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo
y la programación general anual, la evolución del rendimiento escolar
del instituto y el proceso de enseñanza.

h) Fomentar la
evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto,
colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los
órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes
de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas
evaluaciones.


Composición:

  • Director
  • Jefe de Estudios
  • Jefes de Departamento
  • Coordinador para las Tecnologías de la Información y de la Comunicación
  • Secretario

 Ejerce las funciones el Jefe de Departamento más joven

 

Claustro

    El Claustro de profesores del IES "Donoso Cortés"
consta en este momento de 69 profesores que prestan sus servicios en
este Instituto de Enseñanza Secundaria, distribuidos en 15
departamentos.

Las funciones del Claustro son las siguientes:

  • Elevar al Equipo Directivo propuestas para elaborar el Proyecto Educativo y al Programación General Anual.
  • Establecer las directrices para elabora Proyectos curriculares de etapa, aprobarlos y evaluarlos; así como modificarlos.
  • Aprobar, previa presentación al Consejo Escolar, los aspectos docentes de la Programación General Anual.
  • Promover experiencias e investigaciones pedagógicas.
  • Elaborar el plan de formación del profesorado del Centro.
  • Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y en el CPR.
  • Conocer las candidaturas y programas de la Dirección del Centro.
  • Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.
  • Aprobar el calendario de evaluaciones, exámenes y pruebas extraordinarias.
  • Aprobar los criterios para la elaboración de horarios de profesores.
  • Analizar y valorar, trimestralmente, la marcha general y la situación económica del Centro.
  • Conocer las relaciones del Centro con instituciones y centros de trabajo.
  • Analizar y valorar los informes y evaluaciones que se hagan sobre el Centro.

 

Equipo Directivo

Director

Pedro Maestro Denostado

 
Jefe de Estudios

Dolores Fuertes Grandes

 
Jefe de Estudios Adjunto E.S.O.

Rosa Esclava Enseñanza

 
Jefe de Estudios Adjunto Bachillerato-Formación Profesional

Pedro Alarcón Correas

 
Secretaria

Estrella Cuentas Claras


 

 

Horarios

Lectivo:

PERÍODO HORARIO
De 8:25 a 9:20 horas
De 9:25 a 10:15 horas
PRIMER RECREO De 10:15 a 10:45 horas
De 10:45 a 11:35 horas
De 14:20 a 14:35 horas
SEGUNDO RECREO De 12:25 a 12:40 horas
De 12:40 a 13:30 horas
De 13:35 a 14:25 horas

De Conserjería:

De lunes a viernes, de 8:30 a 20:40 horas.

De Secretaría:

Horario de atención al público de lunes a viernes de 09:00 a 14,00 horas, y los jueves de 16:00 a 20:00 horas.

De Biblioteca:

De lunes a viernes de 8:30 a 20:00 horas.

De préstamo de libros:

Mañanas: Lunes, martes y jueves de 11:10 a 11:40

Tardes: Lunes de 18 a 18:50 y viernes de 16:50 a 17:40